09 Jan

Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157, ABOGADO INMOBILIARIO, QUITO – ECUADOR 

El contrato de arrendamiento realizado por escrito y suscrito por las partes comparecientes (arrendador y arrendatario), si bien otorga cierta legalidad a la relación contractual existente, es un documento frágil en caso de controversias. El contrato de arrendamiento escrito puede perderse, destruirse, o una de las partes comparecientes puede alegar que no es su firma, puede ser desahuciado. Para DAR MAYOR SEGURIDAD JURÍDICA A UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO usted puede realizar las siguientes diligencias bajo el patrocinio de su ABOGADO INMOBILIARIO de confianza: 

1.-REALIZAR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON RECONOCIMIENTO DE FIRMAS: El reconocimiento de firmas de un instrumento jurídico (el contrato de arrendamiento, por ejemplo) es un acto que se realiza ante un Notario Público. Esta diligencia otorga legalidad irrefutable sobre la identidad y voluntad de los comparecientes, y no del contenido del documento. 

2.-PROTOCOLIZAR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: El Contrato de Arrendamiento generalmente se firma en dos ejemplares de igual contenido y valor jurídico, uno se queda en poder el arrendador y otro en poder del arrendatario. Sin embargo, con el paso del tiempo uno de los contratos originales puede perderse, mancharse, destruirse…y así una de las partes se queda sin ningún documento que pruebe la existencia de los términos y condiciones de la relación contractual de arrendamiento. Para evitar esto se puede PROTOCOLIZAR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO en una Notaría Pública, diligencia mediante la cual el contrato original se incorpora al archivo notarial y se otorga al cliente una COPIA CERTIFICADA con igual valor legal que el contrato original, pudiendo solicitar más copias en el futuro. 

3.-INSCRIBIR EL CONTRATO DE ARRENDAMIETO EN UNA NOTARÍA PÚBLICA: Se inscriben de conformidad con la cuantía del contrato, es decir del canon mensual de arrendamiento. 

4.-INSCRIBIR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO EN EL MUNICIPIO: Constituye un documento obligatorio en caso de demandas judiciales. 

5.-INSCRIBIR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD: Deberá realizarse mediante Escritura Pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad correspondiente, esto protege contra la acción de desahucio de inquilinato. 

Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita. 

Abogado Nicolás Gualle 

ASESOR JURÍDICO INMOBILIARIO

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