Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157, ABOGADO INMOBILIARIO
Es muy importante que siempre se proceda a la inscripción, ante la autoridad competente, de los instrumentos públicos, títulos y demás documentos exigidos por la Ley, esto por los siguientes objetivos:
1.-Servir de medio de tradición del dominio de los bienes raíces y de los otros derechos reales constituidos en ellos;
2.-Dar publicidad a los contratos y actos que trasladan el dominio de los mismos bienes raíces o imponen gravámenes o limitaciones a dicho dominio; y,
3.-Garantizar la autenticidad y seguridad de los títulos, instrumentos públicos y documentos que deben registrarse.
¿DÓNDE SE REGISTRAN LOS ACTOS, CONTRATOS Y DECLARACIONES DE VOLUNTAD?
Dependiendo del tipo de documento en cuestión deberá ser registrado en el REGISTRO MERCANTIL o REGISTRO DE LA PROPIEDAD, con los requisitos pertinentes.
Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO