09 Jun

Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157, ABOGADO INMOBILIARIO

Es muy importante que siempre se proceda a la inscripción, ante la autoridad competente, de los instrumentos públicos, títulos y demás documentos exigidos por la Ley, esto por los siguientes objetivos: 

1.-Servir de medio de tradición del dominio de los bienes raíces y de los otros derechos reales constituidos en ellos;

2.-Dar publicidad a los contratos y actos que trasladan el dominio de los mismos bienes raíces o imponen gravámenes o limitaciones a dicho dominio; y, 

3.-Garantizar la autenticidad y seguridad de los títulos, instrumentos públicos y documentos que deben registrarse.

¿DÓNDE SE REGISTRAN LOS ACTOS, CONTRATOS Y DECLARACIONES DE VOLUNTAD? 

Dependiendo del tipo de documento en cuestión deberá ser registrado en el REGISTRO MERCANTIL o REGISTRO DE LA PROPIEDAD, con los requisitos pertinentes. 

Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita. 

Abg. Nicolás Gualle 

ASESOR JURÍDICO

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